Diagnóstico de tuberculosis en el marco de la evaluación periódica ocupacional: observaciones a la actual normativa peruana

Autores/as

  • Erik J. Jhonston Médico Residente de la especialidad de Medicina ocupacional y medio ambiente; Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional y Medio Ambiente, Hospital Edgardo Rebagliati Martins, Lima, Perú.
  • Christoper A. Alarcon-Ruiz Estudiante de medicina; Facultad de Medicina, Universidad Ricardo Palma, Lima, Perú.
  • Armando Miñan-Tapia Estudiante de medicina; Escuela Profesional de Medicina Humana, Universidad Privada de Tacna, Tacna, Perú.
  • Alvaro Taype-Rondan Médico cirujano; Universidad San Ignacio de Loyola, Lima, Perú.

DOI:

https://doi.org/10.15381/anales.v78i4.14271

Resumen

Sr Editor, en Perú la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente establece que el empleador es responsable de proteger la salud de sus trabajadores mediante actividades como los exámenes médico ocupacionales (EMO), que según la Resolución Ministerial (RM) 312-2011 del Ministerio de Salud (MINSA) son obligatorios para cada actividad económica (1). Si bien esta RM ha implicado un avance en la salud ocupacional peruana, presenta ciertas falencias con respecto al tamizaje de tuberculosis, que podrían estar impidiendo un diagnóstico certero en la población vulnerable.

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Publicado

2018-03-23

Número

Sección

Cartas al Editor

Cómo citar

1.
Jhonston EJ, Alarcon-Ruiz CA, Miñan-Tapia A, Taype-Rondan A. Diagnóstico de tuberculosis en el marco de la evaluación periódica ocupacional: observaciones a la actual normativa peruana. An Fac med [Internet]. 2018 Mar. 23 [cited 2024 Mar. 28];78(4):461-2. Available from: https://revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe/index.php/anales/article/view/14271