PROPIEDAD HORIZONTAL

Autores/as

  • Aníbal Torres Vásquez Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú

Palabras clave:

Propiedad horizontal, propiedad exclusiva, propiedad común, reglamento interno, junta de propietarios, unidad inmobiliaria, complejos inmobiliarios, servicios comunes

Resumen

La propiedad predial presupone la existencia de una edificación o conjunto de edificaciones divididas en partes de propiedad exclusiva y partes de propiedad común. A la edificación o conjunto de edificaciones se le denomina unidad inmobiliaria o unidad matriz; a las secciones de propiedad exclusiva con participación en los bienes comunes se les llama secciones inmobiliarias.

La propiedad horizontal es una propiedad predial especial que confiere a su titular el uso, goce y disposición de las secciones inmobiliarias en que se divide la unidad matriz. Cuenta con un reglamento interno y una junta de propietarios.

Biografía del autor/a

  • Aníbal Torres Vásquez, Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
    Abogado y Doctor en Derecho. Profesor Principal UNMSM. Investigador, ex Decano de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, ex Miembro del Consejo Nacional de la Magistratura. Actualmente dicta Introducción al Derecho, Derecho Civil II (Acto Jurídico); Prescripción y Caducidad; y Derecho Civil V (Contratos: Parte General).

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Publicado

2016-08-19

Número

Sección

Artículos