APLICACIÓN DE LA NIC 19, BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS, Y PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES EN EL PERÚ

Autores/as

  • Agustín Rodríguez Chávez Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Contables. Lima, Perú

DOI:

https://doi.org/10.15381/quipu.v20i37.3855

Palabras clave:

NIC 19, participación de utilidades, costos de mano de obra, estructura de costos, estructura financiera, prácticas y políticas contables.

Resumen

En enero del año 2011, el Consejo Normativo de Contabilidad resuelve precisar que el reconocimiento de las participaciones de los trabajadores en las utilidades determinadas sobre bases tributarias deberá hacerse de acuerdo con la NIC 19, Beneficios a los Empleados, y no por analogía con la NIC 12, Impuesto a las Ganancias, o la NIC 37, Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes. Esto en base a consultas efectuadas al Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF), quien en su sesión del 04 de noviembre de 2010 concluye, respecto a la contabilización de la participación de los trabajadores en las utilidades calculada de conformidad con la legislación fiscal, que el reconocimiento de la participación de los trabajadores se realizará de acuerdo a lo establecido en la Norma Internacional de Contabilidad NIC 19, Beneficios a los Empleados, sólo por los gastos de compensación por los servicios prestados en el ejercicio; en consecuencia no se registra un activo diferido o un pasivo diferido requerido en la NIC 12. Impuesto a las Ganancias. Esta disposición obliga a las empresas a efectuar cambios en sus prácticas y políticas contables para el reconocimiento de la participación de utilidades y su cumplimiento con lo dispuesto en dicha norma. Sin embargo, les falta precisión o un análisis profundo de los efectos en la gestión y cumplimiento de las normas tributarias y la formulación de los estados financieros. Producto de ello se ven afectados los procesos de costeo, registros contables, determinación de los resultados del ejercicio, y las mediciones financieras por cambio en la estructura de los estados financieros. Hemos apreciado que al cierre del ejercicio 2011 y los meses siguientes muchas empresas no han cumplido con la aplicación de la norma y su precisión en nuestro país o lo han cumplido parcialmente; por lo que es nuestro propósito efectuar el análisis necesario, para exponer las razones de incumplimiento y presentar una propuesta de prácticas y políticas para su mejor adecuación. Pretendemos que este aporte permita una mejor comprensión de los alcances de dicha norma en nuestro país y que la comunidad empresarial y contable cuente con una opción de aplicación

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Biografía del autor/a

  • Agustín Rodríguez Chávez, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Contables. Lima, Perú

    Contador Público Colegiado Certificado.

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Publicado

2012-06-18

Número

Sección

Artículos originales

Cómo citar

Rodríguez Chávez, A. (2012). APLICACIÓN DE LA NIC 19, BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS, Y PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES EN EL PERÚ. Quipukamayoc, 20(37), 26-39. https://doi.org/10.15381/quipu.v20i37.3855