Necesidad de creación, por ley, de un programa de orientación, preparación y capacitación del trabajador que jubilará

Autores/as

  • Juan Manuel Barreda Guerra Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Administrativas. Lima, Perú

DOI:

https://doi.org/10.15381/gtm.v20i40.14573

Palabras clave:

Jubilación, ingresos suplementarios, emprendimiento en los ancianos

Resumen

La jubilación representa, para el trabajador, la satisfacción de haber cumplido con su misión en la vida. La edad de jubilación del trabajador en la ley tiene componentes costumbristas, históricos, biológicos y de carácter universal. La ley no le consulta al trabajador si se siente en capacidad de continuar en su trabajo aun cuando esta ley le diga que debe retirarse. La ley no contempla el tipo de labor que realiza el trabajador, como es el caso del desempeño en actividades intelectuales, innovadoras, legislativas, organizativas, y actividades en las que el trabajador se desempeña con rendimientos de alta productividad; a pesar de encontrarse, según ley, en edad de retiro. Estas y otras situaciones exigen la existencia de un programa de orientación, preparación y capacitación al trabajador. El mayor énfasis que se debe poner, en este tipo de propuesta, está en preparación psicológica y capacitación al trabajador para su desempeño independiente; como lo es en países desarrollados con alta Responsabilidad Social. La inexistencia de este programa en nuestro país constituye un enorme vacío social.

Biografía del autor/a

  • Juan Manuel Barreda Guerra, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Administrativas. Lima, Perú
    Docente Asociado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

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Publicado

2018-05-09

Número

Sección

Artículos

Cómo citar

Necesidad de creación, por ley, de un programa de orientación, preparación y capacitación del trabajador que jubilará. (2018). Gestión En El Tercer Milenio, 20(40), 11-20. https://doi.org/10.15381/gtm.v20i40.14573