LAS ORDENANZAS EN GOBIERNOS LOCALES RESIDENCIALES SOBRE EL COMERCIO AMBULATORIO, SE CONSTITUYEN EN NORMA LEGAL EXCLUYENTE QUE COADYUVA A LA GENERACIÓN DE POBREZA, PUDIENDO APROVECHARSE COMO INCLUSIVA POR ASOCIATIVIDAD.
DOI:
https://doi.org/10.15381/gtm.v15i29.8775Palabras clave:
Inclusión, exclusión, asociatividad, madres de familia en condición de pobreza, Distritos residencialesResumen
En nuestro sistema democrático nacional cada distrito de nuestro país goza de autonomía política, económica, social cultural y tecnológica. Sin embargo, podemos observar que, en el aspecto de mayor poder económico en un Consejo Municipal Distrital, se disponen ordenanzas municipales excluyentes como lo es la prohibición de ventas ambulatorias en sus predios, con lo cual el Estado desperdicia posibilidades de poder contribuir de manera organizada con inclusión en la lucha contra la pobreza, más aun siendo este un problema nacional que todos debemos encarar. Estas ordenanzas alejan a determinados grupos vulnerables de las posibilidades económicas beneficiosas del mercado, ámbito en el que estos grupos vulnerables debidamente organizados, con orientación y apoyo de los gobiernos locales residenciales, pueden atender empresarialmente gran variedad de necesidades de los mercados residenciales, con lo cual todos podrían beneficiarse, vale decir, estado, grupos vulnerables y el mercado residencial.Descargas
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Derechos de autor 2012 Juan Manuel Barreda Guerra
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