Estudio Dogmático Jurídico de los Delitos Patrimoniales de Retención en el Código Penal Peruano
Palabras clave:
Estudio de delitos de retenciónResumen
Conforme a lo descrito típicamente por nuestro ordenamiento jurídico penal, se define la apropiación ilícita como la conducta de quien, “en su provecho o de un tercero, se apropia indebidamente de un bien mueble, una suma de dinero o un valor que ha recibido en depósito, comisión, administración u otro título semejante que produzca obligación de entregar, devolver, o hacer un uso determinado”. En tal sentido, es posible apreciar que en esta modalidad delictiva se observa la acción mediante la cual una persona, que recibe lícitamente un bien mueble, total o parcialmente ajeno (según el caso particular) mediante un título no traslativo de dominio, que le impone la obligación de devolverlo, entregarlo o hacer un uso determinado, se apropia ilegítimamente de él para sacar provecho económico para sí o para tercero. De esta manera, “el delito de apropiación ilícita consiste en negarse a devolver, entregar o dar un uso distinto a un bien mueble que previamente había recibido el procesado por parte del sujeto pasivo; significando que la exigencia de entrega, devolución o uso determinado surge paralelamente a la recepción del bien, por lo que el núcleo probatorio debe girar en torno a la relación jurídica existente entre el objeto materia de apropiación y el agente” (Sentencia, Sala Superior de Justicia de Lima, Exp. No 3114-97).Descargas
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