LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY N.º 29618

Autores/as

  • Emma Palacios C. de Sandoval Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú

Palabras clave:

Bienes, Posesión, Propiedad, Prescripción adquisitiva de dominio, Inconstitucionalidad

Resumen

Con la entrada en vigencia de la Ley N.º 29618, ya no se permitirá adquirir los bienes inmuebles de dominio privado del Estado mediante la figura jurídica de prescripción adquisitiva de dominio, en razón que la ley presume que el Estado está en posesión de todos los inmuebles de dominio privado.

De esta forma constatamos que el Estado elude su responsabilidad de solucionar y de regularizar la situación del ciudadano peruano que no cuenta con recursos económicos para obtener una vivienda propia donde pueda vivir dignamente con su familia, contrariando de esta forma lo dispuesto en el artículo 2, inciso 16, de la Constitución Política del Estado que dispone: “toda persona tiene derecho a la propiedad y a la herencia”, así como el artículo 59 que dispone la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, mediante este artículo el Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad. Bien sabemos que sin la propiedad el hombre no podría cumplir estas actividades.

Para ello hemos consultado los antecedentes jurídicos sobre el tema, las obras de connotados pensadores teóricos, la legislación comparada y la jurisprudencia nacional.

Biografía del autor/a

  • Emma Palacios C. de Sandoval, Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
    Magíster en derecho, UNMSM. Docente en Pre y Posgrado, UNMSM. Docente en la UPIGV.

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Publicado

2016-08-19

Número

Sección

Artículos

Cómo citar