LA CREACIÓN DE EMPLEO Y LA FORMALIZACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO

Autores/as

  • Francisco Javier Romero Montes Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú

Palabras clave:

Empleo, Trabajo autónomo, Test de empleado, La para subordinación, El teletrabajo, Desempleo y la informalidad

Resumen

Desde hace décadas, los diferentes gobiernos del Perú se vienen preocupando por superar la situación de desempleo, subempleo e informalidad. Lamentablemente, para lograr este propósito, tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo, insisten en aplicar los mismos criterios, que ya resultan históricos a pesar de que sus resultados son negativos. A todos nos preocupa la existencia del desempleo y subempleo, que no es friccional en nuestro país, sino más bien permanente. Lo mismo debemos decir de la informalidad que cada día es más preocupante y que en el campo laboral se viene incrementando y está cercana al 70% de la clase asalariada.

La solución que se ha ensayado, para la creación del empleo y la formalización de las relaciones de trabajo, ha consistido en ofrecer a los empleadores, nuevos modelos laborales en los que se reducen, considerablemente, los dere chos y beneficios de los trabajadores. De esta manera, no solo se precariza, sino que se deshumaniza la actividad laboral, alejándonos del trabajo decente que aspira la Organización Internacional del Trabajo y conseguir una mano de obra barata. El desempleo y subempleo, es un tema de la economía y no de la expedición de dispositivos legales. Son aspectos que se pueden superar mediante el desarrollo económico.

Tal comportamiento, ha sucedido al dictarse, por ejemplo, las leyes 27360 de Promoción del Sector Agrario, que establece un régimen laboral diferenciado y con derechos recortados para los trabajadores del sector agrario. Igualmente, ha ocurrido con la Ley 28015 que crea el régimen laboral especial para la microempresa, la misma que fue ampliada mediante Decreto Legislativo 1086 con el cual se agrava aún más la situación de los trabajadores que ingresen a laborar en una micro y pequeña empresa. Finalmente, el actual Gobierno, el 15 de diciembre del año 2014, ha promulgado la Ley 30288 bajo el nombre de “Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laborar y a la protección social”, comprendidos entre los 18 y 24 años de edad, lo que ha dado lugar al descontento, no solo de los jóvenes, sino de una parte de la población. Ante la presión del descontento de la población, el Congreso se ha visto en la necesidad de derogarla.

El presente trabajo está dedicado al análisis del empleo, desempleo, subempleo y la informalidad laboral. Analizados estos temas, sugeriremos las soluciones, que nos permita las soluciones pertinentes.

Biografía del autor/a

  • Francisco Javier Romero Montes, Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
    Bachiller, Abogado, Magíster y Doctor UNMSM. Profesor Principal de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

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Publicado

2016-08-19

Número

Sección

Artículos

Cómo citar

LA CREACIÓN DE EMPLEO Y LA FORMALIZACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. (2016). Docentia Et Investigatio, 18(1), 149-166. https://revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe/index.php/derecho/article/view/12329