El futuro de la investigación en la universidad pública peruana

Autores/as

  • Pedro Miguel Barrientos Felipa Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Económicas. Lima, Perú

DOI:

https://doi.org/10.15381/pc.v24i1.16556

Resumen

La ley N° 30220, que norma la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de la universidades, sean públicas o privadas, define a la universidad en su Artículo 3 como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. En el Artículo 48 se menciona que “la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad”.

Biografía del autor/a

  • Pedro Miguel Barrientos Felipa, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Económicas. Lima, Perú

    Economista. Vicedecano de Investigación y Posgrado de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Doctor en Administración de Negocios Globales. Profesor principal de la Facultad de Ciencias Económicas. Director de la Revista Pensamiento Crítico. Dirección de correspondencia: Calle Germán Amézaga 375, Cercado, Lima, Perú

Descargas

Publicado

2019-08-19

Número

Sección

Editorial

Cómo citar

El futuro de la investigación en la universidad pública peruana. (2019). Pensamiento Crítico, 24(1), 3-5. https://doi.org/10.15381/pc.v24i1.16556