Ética editorial

Ética en la publicación

La revista Odontología Sanmarquina se guía de las normas y códigos de ética del Committee on Publication Ethics (COPE) [http://publicationethics.org/] y del Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas (ICJME) [http://www.icmje.org/], de la declaración de los Principios de transparencia y buenas prácticas en la publicación académica (http://publicationethics.org/resources/guidelines-new/principles- transparency-and- best-practice- scholarly-publishing); así como también de las normas peruanas referidas a investigación científica, como por ejemplo, normas legales sobre derechos de autor, acceso abierto y otros relacionados a los temas de nuestra revista.

La revista Odontología Sanmarquina considera el plagio como un fraude en la publicación, y es definido como la apropiación de las ideas, procesos, resultados o palabras de otra persona sin dar el correspondiente crédito. Como fraudes y malas conductas se entienden también la fabricación (invención de datos o resultados), y la falsificación (manipulación de los materiales de investigación, equipos, procesos para alterar los datos o resultados, así como también el cambio u omisión de datos o resultados). Odontología Sanmarquina no tolera el plagio, ni fraudes ni malas conductas por lo cual establece mecanismos para evitarlo y remediarlo: (a) Durante el proceso editorial, la revista Odontología Sanmarquina utiliza el software iThenticate que permite detectarlos. (b) Posterior a su publicación, si la revista Odontología Sanmarquina detecta o se ve alertado y confirma casos de plagios, fraudes o malas conductas procederá según los lineamientos y recomendaciones del Committee on Publication Ethics (COPE - http://publicationethics.org/) pudiendo ejecutar la retractación del artículo.

Asimismo, Odontología Sanmarquina sigue los lineamientos internacionales para la consideración de autoría, financiamiento, agradecimientos y conflicto de intereses: 

  • Autoría y agradecimientos: todos los autores de un manuscrito a evaluar deben estar de acuerdo con la presentación de este a la revista. Odontología Sanmarquina se adhiere a la definición de autor creado por el Comité Internacional de Editores Médicos (ICMJE). Según ICMJE los criterios de autoría deben basarse en 1) contribuciones substanciales a la concepción y el diseño o adquisición de datos o análisis e interpretación de datos, 2) redacción del borrador del artículo o revisión crítica de su contenido intelectual importante, 3) aprobación de la versión a publicar y 4) acuerdo para ser responsable de todos los aspectos del trabajo. Los autores deben cumplir con todas las condiciones. Todos los autores y coautores deben ser acreditados en la presentación del manuscrito, aquellos que no califican como autores deberán ser mencionados en los agradecimientos. En agradecimientos se debe especificar los contribuyentes en el artículo que no sean los autores acreditados; se incluye en este apartado a los colaboradores que influyeron en el análisis estadístico, cortes histológicos, exámenes de laboratorio, manejo microbiológico, asistentes para la manipulación animal, asistentes para el registro fotográfico, agentes de financiación entre otras actividades no sustanciales que ameriten ser parte de la autoría del estudio. 
  • Aprobaciones éticas: al describir estudios de diseño experimental que se han realizado con seres humanos y/o animales se debe indicar en la sección “Métodos” si los procedimientos seguidos están conforme a las normas éticas del comité de experimentación humana responsable, institucional o regional, y de acuerdo con la Asociación Médica Mundial y la Declaración de Helsinki (versión 2013) disponible en: https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-helsinki-de-la-amm-principios-eticos-para-las-investigaciones-medicas-en-seres-humanos/ y los requisitos adicionales del lugar donde se ha realizado la investigación. Para los estudios en humanos, se debe identificar el comité de ética institucional que aprobó el protocolo. En caso de ser requerido, el Comité Editor podrá solicitar las constancias de aprobación del Comité de Ética y del consentimiento informado del estudio a ser publicado. Cuando se utilicen animales de experimentación, se debe indicar si se han seguido las pautas de una institución o consejo de investigación internacional o una ley nacional reguladora del cuidado y la utilización de animales de laboratorio.  Los estudios de ensayos clínicos (EC) deben ser registrados en la base de datos accesible al público, para el caso de EC realizados en el Perú, estos deben estar registrados en el registro de ensayos clínicos peruanos (REPEC) cuyo enlace es: https://ensayosclinicos-repec.ins.gob.pe/ , en caso de estudio de otra nacionalidad, deben estar inscritos en la plataforma de registro internacional de ensayos clínicos (ICTRP), cuyo enlace es: https://trialsearch.who.int/ . Si el EC no fue registrado o fue registrado en fecha posterior a su realización, se deberá explicar el motivo.
  • Conflicto de interés y fuentes de financiamiento: los autores deben declarar la procedencia de cualquier ayuda económica recibida. Existe un conflicto de interés cuando el autor (y/o coautores) tuvo o tiene relaciones económicas o personales que han podido sesgar o influir inadecuadamente sus actuaciones. En este caso deberán indicarse cuando la relación (directa o indirecta) esté en referencia con el trabajo que los autores describen en su manuscrito. Potenciales fuentes de conflictos de intereses pueden ser: propiedad de patente, ser miembro de junta directiva de una empresa relacionada con la investigación, ser miembro de un consejo asesor o comité de consultoría de empresas y el recibo de honorarios por parte de alguna empresa involucrada en el estudio. La existencia de un conflicto de intereses no impide la publicación del artículo en la Revista. Todos los autores del trabajo deben completar la Declaración jurada solicitada por la revista que incluye este aspecto e incluirlo en el momento de presentación del manuscrito. La declaración de conflictos de intereses debe redactarse en un párrafo a nivel de la primera página. 
  • Permisos: los autores son responsables de obtener los permisos para reproducir parcialmente el material (texto, tablas o figuras) de otras publicaciones. Estos permisos deben solicitarse tanto al autor como a la Editorial que ha publicado dicho material y a la institución que ha financiado la investigación y se deben adjuntar en la presentación del manuscrito. Adicionalmente, los autores deberán incluir una declaración de que el contenido del artículo es original y que no ha sido publicado previamente ni está enviado ni sometido a consideración a cualquier otra publicación, ya sea en formar total o parcial. El no revelar esta información, constituye una falta grave a la ética científica. La información presentada dentro de los manuscritos debe poseer originalidad, la revista se reserva el derecho de rechazar manuscritos cuando se encuentren párrafos y/o información plagiada sin el consentimiento de otro autor y/o institución. 
  • Protocolos de redacción científica: los estudios del tipo “Ensayo clínico” deberán seguir los lineamientos de redacción de las pautas CONSORT (www.consort-statement.org), para las revisiones sistemáticas y metaanálisis seguir los lineamientos de la pauta PRISMA (http://www.prisma-statement.org/), para los estudios observacionales y epidemiológicos seguir los lineamientos de la pautas STROBE (https://www.strobe-statement.org/index.php?id=strobe-home), mientras que para la redacción de reportes de casos clínicos seguir los lineamientos de la pauta CARE (http://www.care-statement.org/).