Blockchain como medio probatorio procesal
DOI:
https://doi.org/10.15381/lucerna.n6.28403Palabras clave:
Blockchain, web3, derecho procesal, pruebaResumen
La aparición de la tecnología Blockchain, junto con la primera criptomoneda llamada Bitcoin, han causado el inicio de una revolución tanto tecnológica como social y económica. Se habla una nueva forma de entender la economía, de una nueva fase de la internet llamada Web 3.0 e incluso, de nuevas formas de relación social.
La tecnología Blockchain nació en un contexto particular; se vincula con el nacimiento de otro tipo de bien digital: el Bitcoin que surgió en el 2008 en el contexto de la crisis económica de ese año, luego del estallido de la “burbuja financiera” debido a la desconfianza originada por la gran cantidad de riesgosas hipotecas subprime. En este contexto, Satoshi Nakamoto envió varios correos a personas vinculadas al ecosistema ciberpunk y cripto anarquista, donde se difundió el white paper de Bitcoin; en ese documento se hace mención al término “cadena de bloques”, así como su función y la forma cómo actúa validando las transacciones. Su naturaleza descentralizada implica que cada uno de los nodos de un blockchain contiene toda la información de las transacciones realizadas en la red por lo que la información se encuentra segura y es de fácil acceso.
La blockchain puede ser considerada como prueba informática en algunos casos, así como también como un tipo pericia. La verdadera pregunta es si será sencillo aplicar este conjunto de conocimientos en la actividad probatoria de un proceso. cabe preguntarnos qué tipo de medio probatorio sería blockchain. ¿Es documento típico o es atípico? ¿Cómo se propondría dentro de la litis? ¿Cuál sería su actuación?
Recién en la década del 2010 fue cuando empezaron a admitirse pericias relacionadas con la misma la blockchain en los países del primer mundo; en nuestro país el tema es muy poco conocido y es de esperar que muchos de los operadores de justicia ignoren su existencia, y quienes la conozcan tengan muchas dificultades al momento de interpretar una pericia, una opinión, o incluso un medio de prueba que esté relacionada con blockchain.
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Derechos de autor 2024 Gerardo Huaman Morales

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