LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY N.º 29618
Palabras clave:
Bienes, Posesión, Propiedad, Prescripción adquisitiva de dominio, InconstitucionalidadResumen
Con la entrada en vigencia de la Ley N.º 29618, ya no se permitirá adquirir los bienes inmuebles de dominio privado del Estado mediante la figura jurídica de prescripción adquisitiva de dominio, en razón que la ley presume que el Estado está en posesión de todos los inmuebles de dominio privado.
De esta forma constatamos que el Estado elude su responsabilidad de solucionar y de regularizar la situación del ciudadano peruano que no cuenta con recursos económicos para obtener una vivienda propia donde pueda vivir dignamente con su familia, contrariando de esta forma lo dispuesto en el artículo 2, inciso 16, de la Constitución Política del Estado que dispone: “toda persona tiene derecho a la propiedad y a la herencia”, así como el artículo 59 que dispone la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, mediante este artículo el Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad. Bien sabemos que sin la propiedad el hombre no podría cumplir estas actividades.
Para ello hemos consultado los antecedentes jurídicos sobre el tema, las obras de connotados pensadores teóricos, la legislación comparada y la jurisprudencia nacional.
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Derechos de autor 2016 Emma Palacios C. de Sandoval

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