Ética

Aspectos éticos

Antes de la presentación de artículos a Anales de la Facultad de Medicina se recomienda a los autores tener en consideración lo estipulado por el Comité Internacional de Ética en las Publicaciones Científicas, cuyas recomendaciones se encuentran en el Código de Conducta y Directrices de Mejores Prácticas para Editores de Revistas, a las cuales nos adherimos. Dicha información se encuentra disponible en: http://publicationethics.org.

Anales de la Facultad de Medicina tiene una política de detección de faltas éticas de publicación como: plagio, autoría ficticia, cambios de autoría, publicación redundante, manipulación de datos, y conflicto de interés no revelado. En caso se detecte alguna falta ética de publicación, Anales de la Facultad de Medicina rechazará o retractará el artículo y tomará las medidas recomendadas por el Comité Internacional de Ética en las Publicaciones Científicas que contempla la información de la falta al autor, a los demás autores, a la institución donde pertenece, a sus superiores, a la entidad fuente del financiamiento, al comité de ética de su institución, a otras revistas científicas y otras autoridades. Se utilizará un software informático para fines de detección de faltas éticas en publicación.

Investigaciones experimentales en humanos y animales

Los artículos que describen experimentos realizados en seres humanos, deben indicar si los procedimientos seguidos estuvieron de acuerdo a las normas éticas del Comité de Ética institucional o regional, y a la Declaración de Helsinki actualizada al 2013 (World Medical Association Declaration of Helsinki: ethical principles for medical research involving human subjects. JAMA. 2013;310(20):2191-4). En el Perú, las normas a seguir para la experimentación en seres humanos, se encuentran establecidas en el Reglamento de Ensayos Clínicos en el Perú (Decreto Supremo N° 021-2017-SA). El Instituto Nacional de Salud es la autoridad encargada a nivel nacional de velar por el cumplimiento de dicho Reglamento y de las normas conexas que rigen la autorización y ejecución de los ensayos clínicos. Los autores de ensayos clínicos en seres humanos requieren la aprobación del Instituto Nacional de Salud antes de iniciar el experimento. A petición de Anales de la Facultad de Medicina, el autor principal debe entregar las copias de documentación que acrediten la autorización.

No se deben mencionar los nombres de los pacientes, sus iniciales, o número de historia clínica, ni en general datos que permitan identificar a los sujetos de estudio. Se deben enmascarar las características reconocibles de las fotografías de personas identificables. Los estudios sobre pacientes, registros de pacientes o voluntarios, requieren de la aprobación del Comité de Ética institucional, así como el consentimiento informado.

Para la experimentación en animales, los autores tendrán en consideración las normas internacionales de uso de animales de experimentación, en particular las recomendadas por la Office of Animal Care and Use of National Institutes of Health (http://www.uss.cl/wp-content/uploads/2014/12/Gui%CC%81a-para-elCuidado-y-Uso-de-los-Animales-de-Laboratorio.pdf), así como las pautas de la institución o ley nacional reguladora del cuidado y utilización de animales de laboratorio. Los animales utilizados deben ser nombrados en el título, resumen, palabras clave y material y métodos. Dicha experimentación debe ser minuciosamente detallada en la sección de materiales y métodos. Las investigaciones experimentales en animales realizadas en nuestro país, deberán contar con la aprobación del Comité de Ética y Bienestar Animal (CEBA) de la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (http://veterinaria.unmsm.edu.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=361&Itemid=90).

Guías para desarrollo y presentación de investigaciones

Para la presentación de artículos se recomienda a los autores seguir las pautas establecidas internacionalmente para el diseño, realización y presentación de diferentes tipos de estudios:

Requisitos de Autoría

El reconocimiento de la autoría debe basarse en: 1) Contribuciones significativas a la concepción o diseño del manuscrito, o a la recolección, análisis o interpretación de los datos; 2) Redaccióno revisión crítica importante del contenido del manuscrito; 3) La aprobación final de la versión que se publicará, y 4) La asunción de la responsabilidad frente a todos los aspectos del manuscrito, para garantizar que los asuntos relativos a la exactitud o integridad de cualquier parte del mismo serán adecuadamente investigados y resueltos. La búsqueda de financiación, la recolección de datos, o la supervisión general del grupo de investigación no justifican por sí solos la autoría. Todas las personas consignadas como autores deben cumplir los criterios de autoría, y todas las que los cumplen deben aparecer en la lista de autores.

Los colaboradores que no cumplen los criterios de autoría deberían aparecer en la sección de Agradecimientos. Es imprescindible que cada autor del artículo disponga de código ORCID (Open Researcher and Contributor ID) con la finalidad de distinguir su actividad académica y de investigación: https://orcid.org/.

La lista de autores incluidos en la declaración jurada de autoría será los únicos considerados dentro del proceso editorial de la revista. No se aceptarán cambios posteriores en el número ni en el orden de los autores.

Agradecimientos

En esta sección se da las gracias a los colaboradores del estudio, es decir, a las personas que realizaron importantes contribuciones al artículo, incluyendo a los participantes de ensayos clínicos. Debe mencionarse en forma específica a quién y porqué tipo de colaboración en la investigación se realiza el agradecimiento. Los colaboradores mencionados en esta sección deben consignar por escrito su autorización para la publicación de sus nombres.

Ejemplos a incluir en los Agradecimientos: personas que colaboran sólo dando ayuda técnica, colaboraciones en la redacción del manuscrito, las jefaturas de departamentos cuya participación sea de carácter general.

Declaración de conflictos de interés

Los autores deben declarar cualquier relación personal o comercial que pueda suponer parcialización y por tanto un conflicto de interés en conexión con el artículo remitido. Los conflictos de interés pueden ser directos o indirectos, incluyendo interés financiero de los autores por parte de la empresa que auspicia el estudio; así como empleos, becas, pagos de viáticos, viajes, consultorías, etc.

Si el autor tiene acciones en la empresa o es empleado de la misma ya sea a tiempo completo o parcial, debe indicarse en la declaración de conflictos de interés. El no hacerlo puede dar lugar a sanciones.

Anunciar las fuentes de apoyo financiero del estudio no implica un conflicto de interés.