Los interes en torno a la propiedad colectiva en Francia. Siglos XVIII - XIX
DOI:
https://doi.org/10.15381/is.v11i18.7168Resumen
Desde hace unos veinte años, la manera de ver las propiedades colectivas ha cambiado mucho. Tanto los liberales como los marxistas, los economistas como los historiadores las condenaban. Estaban consideradas como el núcleo de una agricultura tradicional y arcaica; un nudo que bloqueaba toda innovación. Sólo les cabía desaparecer cuando la economía agrícola e industrial se transformase, según el modelo experimentado por Gran Bretaña. Hoy en día, el enfoque respecto al tránsito de la economía tradicional hacia la economía industrial se ha transformado y matizado; esto ha permitido reconsiderar el papel de las propiedades colectivas, dejando de lado tesis maniqueas tales como las de Harding1. Todos los países de Europa occidental han seguido un camino similar. Retomaremos aquí el caso de Francia, colocándolo al mismo tiempo dentro del contexto europeo porque la comparación enriquece nuestra reflexión. Es a partir del siglo XVIII cuando, en nombre de nuevas teorías económicas y agronómicas, los usos colectivos empiezan a ser condenados. Teniendo muy en mente este a priori, vamos a presentar los intereses en juego en torno a las propiedades y los usos colectivos en Francia, mostrando que el enfoque ha sido renovado gracias al afán de definición precisa de tales bienes (situación jurídica, derecho de usufructo…). De ello resulta que los intereses no son sólo económicos: las concepciones sociales y políticas desempeñaron también un papel mayorDescargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2007 Nadine Vivier
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.
LOS AUTORES RETIENEN SUS DERECHOS:
a. Los autores retienen sus derechos de marca y patente, y tambien sobre cualquier proceso o procedimiento descrito en el artículo.
b. Los autores retienen el derecho de compartir, copiar, distribuir, ejecutar y comunicar públicamente el articulo publicado en la revista Investigaciones Sociales (por ejemplo, colocarlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro), con un reconocimiento de su publicación inicial en la revista Investigaciones Sociales.
c. Los autores retienen el derecho a hacer una posterior publicación de su trabajo, de utilizar el artículo o cualquier parte de aquel (por ejemplo: una compilación de sus trabajos, notas para conferencias, tesis, o para un libro), siempre que indiquen la fuente de publicación (autores del trabajo, revista, volumen, numero y fecha).